Citas memorables de la historia de México

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sábado, 27 de febrero de 2010

Puede cambiar






[…] ¿Qué sentido tiene que vivamos en este país en una relación de abuso-tolerancia? Se viola la Constitución todo el tiempo por parte de los sacerdotes, y el gobierno no los puede multar, porque a pesar de que hay violación de la Constitución no hay razón valedera […]”, dijo el Senador Pablo Gómez Álvarez del Partido de la Revolución Democrática (PRD), al argumentar su iniciativa para dotar de plenas facultades para que la jerarquía católica, aborde asuntos políticos desde el púlpito, e incluso, realizar campañas políticas. Muy polémico tema y muy extraño que la izquierda mexicana lo promueva, aunque puede cambiar.

Sobre lo anterior, le comparto una hipótesis del exdiputado del PRD Javier González Garza, quien fue coordinador de su grupo parlamentario en la pasada legislatura, en la que inteligentemente -y sin estar en contra de los dogmas de fe de la iglesia católica-, sostiene que, en virtud de que en el momento de su ordenación sacerdotal o votos monásticos, los sacerdotes  y monjas renunciaron voluntariamente a la ciudadanía mexicana -con sus derechos incluidos-, para adquirir nuevos derechos y obligaciones con el Estado Vaticano -el cual se rige por los usos y prácticas diplomáticas-, y por consiguiente, en lo sucesivo le deben obediencia al Papa como sus súbditos, y por este sólo hecho, los convierte en extranjeros en México, y por tanto, su participación en política sigue proscrita, según lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 33 constitucional.

Además, como los ministros de las iglesias tienen derechos parciales, como el de votar -más no a ser votados, todavía-, a una identidad, entre otros; la buena noticia es que, -quien genera derechos asume obligaciones-, de prosperar esta iniciativa, es muy probable que la Secretaría de Hacienda y Crédito Púbico (SHCP) comience a gravar impuestos a los ingresos y bienes de las iglesias, además que serán sujetas de fiscalización por la Auditoría Superior de la Federación (ASF), por el Instituto Federal Electoral (IFE) en procesos electorales, y cualquier ciudadano podrá, mediante el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI), acceder a información de las iglesias, desde el momento en que éstas reciban recursos públicos.

Se lo dejo a su criterio y usted tiene la mejor opinión.

Pero lo que puede cambiar, es el tema del fuero constitucional. Por ocho votos contra dos, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los senadores y diputados tienen el privilegio de estar protegidos por el fuero, pero siempre en el ejercicio de sus funciones, y en otra circunstancia actúan como ciudadanos y pueden ser demandados.

El primer antecedente del fuero constitucional para los legisladores, se encuentra en el artículo 128 de la Constitución de Cádiz de 1812, que señalaba que “Los diputados serán inviolables por sus opiniones, y en ningún tiempo ni caso, ni por ninguna autoridad podrán ser reconvenidos por ellas. En las causas criminales, que contra ellos se intentaren, no podrán ser juzgados sino por el tribunal de Cortes en el modo y forma que se prescriba en el reglamento del gobierno interior de las mismas. Durante las sesiones de las Cortes, y un mes después, los diputados no podrán ser demandados, civilmente, ni ejecutados por deudas”.

El artículo 59 de la Constitución de Apatzingan de 1814, señalando que “Los diputados serán inviolables por sus opiniones, y en ningún tiempo ni caso podrá hacérseles cargo de ellas; pero se sujetarán al juicio de residencia, por la parte que les toca en la administración pública, y además podrán ser acusados durante el tiempo de su diputación, y en la forma que previene este reglamento por los delitos de herejía y por los de apostasía, y por los de Estado, señaladamente por los de infidencia, concusión y dilapidación de los caudales públicos”.

En la primera Constitución de 1824, esta disposición se preveía en su artículo 42, en la que se ratificaba la inviolabilidad de sus opiniones, una parte procesal para formar causa y se omitió lo absurdo, como la herejía, apostasía, infidencia y concusión.

De igual forma, en el artículo 59 de la Constitución de 1857, estaba prevista la misma disposición, pero se omitió parte del procedimiento para la acusación en sus Cámaras.

Para el 8 de julio de 1856 se aprobó el proyecto de Constitución, en lo general, por 93 votos a favor y 5 en contra, siendo las ideas centrales de la carta magna, la forma de gobierno democrático – popular; la soberanía nacional depositada en la Federación y los Estados; la división tripartita de poderes –Ejecutivo, Legislativo y Judicial- tanto en los federales como en los estados; la implementación del juicio de amparo, entre otros.

Después de acalorados debates, el 5 de febrero de 1857, bajo la presidencia del jalisciense Valentín Gómez Farías, el Congreso juró la Constitución y después, lo hizo el presidente Ignacio Comonfort. El 15 de diciembre de 1856 el papa Pío IX mediante decreto pontificio, sentenciaba que el gobierno mexicano le había declarado cruda guerra a la iglesia, a sus intereses y sus derechos, y ordenaba a la feligresía católica que no jurara la Constitución de 1857. 10 años después, el Vaticano rompió relaciones diplomáticas con México.

Al tiempo, Valentín Gómez Farías fallece y le es negado el derecho a la cristiana sepultura, siendo sus restos depositados en el jardín de la propiedad de su familia en Mixcoac, ciudad de México.

Prosiguiendo. Para el Constituyente de 1917, siguió vigente esta disposición en el artículo 61, y además, se facultó al Presidente de cada Cámara, a velar por el respeto al fuero constitucional de los miembros de la misma y por la inviolabilidad del recinto donde se reúnan a sesionar.

El dictamen  argumentaba para su aprobación, que es un precepto universalmente admitido por estar vinculado en él, la garantía de que los representantes del pueblo puedan proponer toda clase de modificaciones a las leyes existentes. Continúa señalando, que si esta inviolabilidad no existiera podría tomársele al legislador, como trastornador del orden público y apologista de un delito.

Cualquiera que haya sido el propósito, el fuero para legisladores se instituye con el propósito de dotar de libertad de expresión en el ejercicio de sus funciones, y no como patente de impunidad. Cabe destacar, que entre 1857 y 2005, se ha pasado de 129 a 1956 sujetos con fuero, es decir, desde legisladores hasta el Presidente de la República, pasando por Gobernadores, Diputados Locales, Secretarios de Estado, Ministros de la SCJN, inclusive.

sábado, 20 de febrero de 2010

Las alianzas, uniones o coaliciones




Mientras que en los estados de Hidalgo, Puebla, Aguascalientes y Veracruz –por ahora-, el Partido Acción Nacional (PAN) dio el aval para competir en coalición electoral con el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y Convergencia (CONV), dejando atrás el tema de la renuncia al PAN, del secretario de Gobernación, Fernando Gómez Mont, presuntamente por su inconformidad con estas alianzas.

Por otra parte, los gobiernos locales emanados del PAN, en Tlaxcala, Guanajuato, Morelos, Sonora y Jalisco, presentaron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la controversia constitucional por la aprobación de las reformas al Código Civil del Distrito Federal, gobernado por el PRD, que permite las uniones de personas del mismo sexo.

En estos Estados, seguramente han resuelto y superado las necesidades ciudadanas con los programas de sus gobiernos -quizás desviando el objeto de gobernar- y considerar que es más importante promover una controversia ante la SCJN, antes que tener en cuenta la sabiduría popular que dice, que “primero comer que ser cristiano”, con el propósito de imponer temas de una agenda religiosa como política pública.


Por ejemplo, muy probablemente las autoridades sonorenses, se encuentren satisfechas con los resultados de las investigaciones sobre la muerte de 43 niños en la guardería ABC de Hermosillo, su capital; o quizás en Morelos, sus gobernantes tengan que presumir del excelente estado de seguridad en Cuernavaca, su capital; o probablemente, en Jalisco, el Gobierno de Emilio González Márquez, haya olvidado el contenido de las respuestas a la entrevista expresa sobre el tema de las uniones del mismo sexo del pasado 4 de febrero, en el que el mandatario se deslindó, aduciendo “…Que resuelva el Congreso […] Que los diputados resuelvan lo que a los diputados corresponda. A mí déjenme con mis broncas de cómo disminuir el rezago educativo y tantas otras que sí son mías: de ésas te digo lo que quieras; de las broncas de los diputados, que ellos resuelvan….”, y ahora, con entusiasmo aborde el tema, y hasta lo controvierta.


Cuando en el otoño de 1810, José María Morelos se entera de que su admirado maestro Miguel Hidalgo, se había alzado en armas, se entrevista con él en Charo, una población cercana a Valladolid, y acepta la encomienda de levantar la revolución en el sur.

Para entonces tuvo hijos con Brígida Almonte, con quien procrea a Juan Nepomuceno y a María. En 1809, Morelos, ante los informes del cabildo eclesiástico de Valladolid y los del obispo Abad y Queipo, que eran aún más alarmantes: la invasión francesa de América era inminente, donó el sueldo de un mes (20 pesos).

Morelos desconocía que la impulsiva empresa se diseminaba con éxito por casi la mitad del virreinato de Nueva España y que Morelos, ignorado y despreciado en su principio, iba creciendo en poder e importancia. Eligió a sus subalternos -los hermanos Galeana, los hermanos Bravo- entre los rancheros mestizos de la montañosa región del sur.

sábado, 13 de febrero de 2010

A Dios lo de Dios y al César lo del César

Como usted sabe, la reciente reforma al artículo 40 constitucional aprobada en Cámara de Diputados, tiene como propósito elevar a rango constitucional el carácter laico del Estado mexicano, con lo que, en un nuevo cambio histórico legal, se puso freno al activismo político de la jerarquía católica en México.

Al fundamentar el dictamen, el exministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación  (SCJN) Juventino Castro y Castro (PRD), presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, señaló que es necesario que México siga tres principios constitucionales: respeto a libertad de conciencia, autonomía de lo político frente a las normas religiosas y la no discriminación directa o indirecta de los seres humanos.

El diputado César Augusto Santiago Ramírez (PRI) dijo que, a pesar de que el Estado laico existe y tiene una definición en el país, las actividades religiosas pretenden participar en los debates políticos y han complicado la relación iglesia-Estado, la cual debe ser pulcra y libre, por lo que se manifestó a favor del dictamen que reforma la Constitución, ya que en ningún momento ataca a una u otra religión.

En su oportunidad, el diputado Porfirio Muñoz Ledo (PT), dijo que: “…Es apenas un paso, una primera respuesta a la insolencia con la que se ha conducido la jerarquía eclesiástica. … Norberto Rivera ha llamado a la desobediencia civil y a la subversión del orden jurídico. Citó: No se puede obedecer primero a las leyes de los hombres que a Dios, porque él es la ley suprema. Sandoval, el de Jalisco, invita a prepararse para una guerra y advierte que estas guerras duran dos, tres, cuatro, cinco o diez años. …”.

Por su parte, la iglesia católica mexicana en un comunicado, señaló que la reforma tiene como fondo una actitud irracionalmente antirreligiosa y anticatólica, además, que para que ya sea un hecho tendrá que ser ratificada en el Senado y posteriormente ser debatida en los congresos locales, lo que es cierto.

Recordemos que en julio de 2007, el Colegio de Abogados Católicos de México (CACM), presentó la iniciativa de reformas constitucionales, que tiene como propósito que los ministros de culto, principalmente los de la iglesia católica, puedan tratar temas políticos desde el púlpito, que sean votados a cargos de elección popular, que se imparta educación religiosa en las escuelas públicas y, que las iglesias católicas puedan poseer y operar medios de comunicación, sin omitir que como trasfondo, puedan recibir recursos públicos para sus actividades proselitistas.

Un recuento histórico. Mientras los vencidos eran dominados por los españoles, los primeros evangelistas consintieron el maltrato y crueldad hacia los indios, al tiempo que  para hacerse entender, Hernán Cortés con Moctezuma y los indígenas, Jerónimo de Aguilar traducía, -del castellano al dialecto maya-, a la Malintzin, (Malinche, popularmente conocida), y ella a su vez traducía, -del dialecto maya a náhuatl-, los diálogos entre ellos.

Los españoles y los evangelizadores redujeron a los indios y la mayoría de los criollos, a un estado de esclavitud, que cada español se consideraba con derecho a servirse de ellos, sin que tuvieran valor para oponerse, menos aún, la capacidad para explicar el derecho.

Sin su consentimiento, los indios fueron convertidos al catolicismo y vieron con sorpresa cómo sus dioses fueron vencidos por los santos de la iglesia; Sus pirámides,  construcciones y Códices con sabiduría antigua, fueron utilizados como cimientos para edificar templos -en los dos primeros casos- y en el último, simplemente reducido a cenizas, ante la vil ignorancia de los evangelistas y conquistadores.


A lo largo de 300 años, la iglesia formó y acumuló riqueza en el país. Se calcula que al menos, tres cuartas partes de bienes rústicos y urbanos en todo el país -en ese entonces hasta Texas-, eran de su propiedad. El resto de los bienes eran de los españoles.

Para la independencia, el Santo Oficio, por conducto de la Inquisición, comenzaba a perder su prestigio, pues se empeñó en declarar como herejía el sentimiento más profundamente arraigado en los hombres, que es el de la felicidad a través de su libertad.

Por todo el oprobio de la inquisición mexicana, por Cédula Real núm. 153 del 12 de abril de 1815, el Ministerio de Gracia y Justicia prohíbe, que los sacerdotes en los púlpitos, pasen a referir noticias ajenas de la Cátedra del Espíritu Santo, con el objeto de formar opiniones y partidos, distintas de la palabra de Dios.

Luego, una vez proclamada la Constitución de 1857, el papa Pío IX mediante decreto pontificio, ordenaba a la feligresía católica que no jurara la Constitución. 10 años después, el Vaticano rompió relaciones diplomáticas con México.

La guerra de Reforma -o de los Tres Años-, de 1857 a 1860, inició cuando el general conservador Félix Zuloaga, dio a conocer el Plan de Tacubaya, el cual demandaba la abrogación de la Constitución de 1857, la permanencia de Ignacio Comonfort en la presidencia y la convocatoria de un Congreso extraordinario, el cual se encargaría de elaborar otra carta constitucional que, según los conservadores, garantizara los verdaderos intereses del pueblo.

La segunda Intervención Francesa -de 1862 a 1867-, promovida por los conservadores al traer a un extranjero para gobernarnos, en la que se presume que la iglesia prometió un apoyo económico para su sostenimiento de 29 millones de pesos, de los cuales, sólo hizo entrega de 2 de ellos.

El presidente Juárez no era tan perverso, como algunos dicen: El 11 de agosto de 1859, decreta que el 12 de diciembre, sea Día de la Virgen de Guadalupe, como fiesta nacional.

No se omite mencionar la guerra cristera y el fanatismo religioso de la madre Conchita, quien ofreció a bendecir la pistola con la que León Toral asesinó al presidente Álvaro Obregón, así como más recientemente el escándalo al seno de los Legionarios de Cristo, por el presunto caso de pederastia y la paternidad de Marcial Maciel, que ha causado un sisma dentro de esa congregación, señalado por The New York Times.

El 20 de marzo del 2006, y por primera vez después de 134 años, la iglesia ofició una misa a Benito Juárez, en el templo de San Felipe Neri de Oaxaca, organizada por liberales, en el marco de los festejos por el bicentenario de su natalicio y oficiada por José Luis Chávez Botello -Arzobispo de Oaxaca- quien por cierto, fue párroco de la iglesia de San Sebastián de Analco en Guadalajara, durante las explosiones de 1992 de esa ciudad.

Por último, reconocidos académicos señalan que desde la asunción del gobierno panista al poder, se les ha quitado el nombre de Benito Juárez a 417 calles, plazas y municipios del país, sustituidos por nombres como San Miguel Arcángel y otros.

En un ejercicio de buena voluntad y por principio de cuentas, la iglesia debería promover el retiro de la excomunión a Miguel Hidalgo y Costilla, José María Morelos y Pavón y el resto de liberales mexicanos, entre ellos masones, como una manifestación de respeto al Estado mexicano, a propósito de la proximidad del bicentenario de nuestra independencia.

sábado, 6 de febrero de 2010

Muchos temas



Con el propósito de abordar la estrategia del combate al crimen organizado y el clima de violencia registrado en Ciudad Juárez, Chihuahua, y Torreón, Coahuila, -principalmente-, la Junta de Coordinación Política de la Cámara Alta citó a comparecer al gabinete de Seguridad Nacional, integrado por los secretarios de la Defensa Nacional (SEDENA), Marina (SEMAR), Seguridad Pública (SSP) y del procurador general de la República (PGR)  -General Guillermo Galván Galván, Almirante Mariano Francisco Saynez Mendoza, Genaro García Luna y Arturo Chávez Chávez, respectivamente-, que tendrá carácter de privada, y de la cual, se incluyó extender invitación al secretario de Gobernación (SEGOB), Fernando Gómez Mont.

Para los titulares de las fuerzas armadas mexicanas, muy probablemente su participación se centre en explicar los operativos en los que participan las fuerzas castrenses, además de su destacada colaboración con las víctimas del terremoto de Haití en enero pasado y la repatriación de mexicanos.

Por lo que toca a la PGR, recientemente promovió la controversia constitucional en contra de las uniones de personas del mismo sexo, y cuyo carácter ideológico además, se circunscribe con la aprobación de las reformas al artículo 40 constitucional, por la que la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, aprobó que la República -además de representativa y democrática- en lo sucesivo sea laica.

La SEGOB, actualmente maneja los temas de la inseguridad y la Reforma Política -principalmente-, entre otros.

Cuando Hidalgo y Allende, los dos principales jefes de la insurrección armada de 1810, acrecentaron sus diferencias a raíz de la derrota en el Puente de Calderón, se dice que Allende confesó haber ideado un plan para envenenar al "cabrón del cura", como llamaba a Hidalgo.

Los insurgentes huían hacia el norte del país, donde son aprehendidos por Ignacio Elizondo -un ex realista, en ese momento militante de los insurgentes-, pero no era más que un espía del gobierno virreinal, quien los invitó a detenerse en su zona de influencia, conocida como las Norias de Acatita de Baján, situado en la frontera de Coahuila y Texas, entonces parte del virreinato novohispano.

A Allende, Aldama y Jiménez, quienes fueron encontrados culpables por el delito de alta traición, se les fusiló -casi de inmediato-, en mayo de 1811 en Chihuahua, pero Hidalgo, a quien se le habían imputado delitos de alta traición, crímenes y asesinatos, sedición, conspiración, y a quien curiosamente no lo incriminaron por tener descendencia en el ejercicio de su acción sacerdotal, lo recluyeron.

La prisión de Hidalgo tuvo lugar en la torre del lado derecho de la iglesia de los exjesuitas; incomunicado y vigilado de la manera más cruel; ningún consuelo, ningún alivio, les fue permitido a los chihuahuenses ofrecer a aquella víctima, si no era algunos refrescos y cosas de comer, que por mucho favor de los mandarines de la época, lograban algunas familias distinguidas que se les permitiese enviarle mediante un escrupuloso examen de ellos, por parte del alcalde o intendente provisional de las prisiones -el español don Melchor Guaspe- y por el pobre cabo Ortega, que especialmente estaba consagrado a su servicio.

El día de su fusilamiento, le sirvieron un desayuno de chocolate, y habiéndolo tomado, suplicó que en vez de agua, se le sirviese un vaso de leche, que apuró con extraordinaria muestra de apetecerla y gustarla. Un momento después se le dio aviso de que era llegada la hora de marchar al suplicio, lo oyó sin alteración, se puso en pié y manifestó estar pronto a marchar a la degradación.

Luego, con sádica paciencia se realizó la ceremonia de degradación sacerdotal: Frente al Ministro de la degradación - Francisco Fernández Valentín-, un cuchillo raspaba las manos y las yemas de los dedos a Hidalgo, mientras proclamaba: “… Te arrancamos la potestad de sacrificar, consagrar y bendecir, que recibiste con la unción de las manos y los dedos...te retiramos el hábito clerical y te desnudamos del adorno de la Religión y te despojamos; te desnudamos de toda orden, beneficio y privilegio clerical; y por ser indigno de la profesión eclesiástica, te devolvemos con ignominia al estado de hábito seglar...”.

Después con unas tijeras se le cortó algo de cabello y un peluquero terminó la operación, haciendo desaparecer la tonsura al tiempo de que se le decía: “…Te arrojo de la suerte del Señor, como hijo ingrato, y borramos de tu cabeza la corona, signo real del sacerdocio, a causa de la maldad de tu conducta. …”.

Excomunión y pena de muerte para Miguel Hidalgo, por profesar y divulgar ideas exóticas: partidario de la Revolución Democrática Francesa. Por disolución social: al pretender independizar a México, del Imperio español. En consecuencia, por traidor a la patria, fueron los temas de la Inquisición y del Virreinato.

En el paredón, Hidalgo se dirigió al pelotón formado: “…La mano derecha que pondré sobre mi pecho, será, hijos míos, el blanco seguro a que habéis de dirigiros. …”. A pesar de haber recibido dos descargas del pelotón, no murió; por lo que el oficial a cargo ordenó a dos de los soldados disparar a quemarropa sobre el corazón de Hidalgo, acabando así con su existencia.

Su cadáver fue posteriormente decapitado y su cuerpo enterrado en la capilla de San Antonio del templo de San Francisco de Asís en la misma ciudad de Chihuahua; su cabeza fue enviada a Guanajuato y colocada -por 10 años- en la Alhóndiga de Granaditas, junto a las de Allende, Aldama y Jiménez.