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miércoles, 14 de marzo de 2012

Fin a los políticos chapulines

Próximo al fin del periodo para el que fueron elegidos, políticos de todas las fuerzas solicitan licencias a sus espacios, en pos de un nuevo espacio que les siga sosteniendo un nivel de vida poco conocido para la mayoría ciudadana.

De diputados a regidores, de Directores de área a Subsecretarios, o de Senadores a Gobernadores, pero no todos corren con buena suerte.

Hace una semana la presidenta municipal de Guadalupe en Nuevo León, Ivonne Álvarez, como muchos políticos en este país y antes de concluir con el periodo para el que fueron electos, solicitó licencia al Cabildo para contender por la candidatura del Partido Revolucionario Institucional (PRI) al Senado, pero el Tercer Tribunal Colegiado en materia Administrativa de Nuevo León le negó la licencia y le exigió regresar a terminar el periodo para el cual, solicitó el voto de sus conciudadanos.

Lo anterior se derivó del recurso de amparo que presentó Dinorah Cantú, quien es estudiante de la Facultad Libre de Derecho en Nuevo León, quien interpuso el recurso citado en contra de la licencia solicitada por la alcaldesa del municipio neoleonés, al asegurar que le asistía el derecho de exigirle a la funcionaria la terminación del periodo de gobierno para el que fue electa en el 2009 y por supuesto que le asiste, toda vez que la presidenta municipal, pidió el voto para ser elegida como alcaldesa, lo que significa que tiene o tenía, interés en ejercer el municipalismo mexicano, y no servirse como algunos otros, también conocido como político chapulín.

En su defensa, la todavía presidenta municipal Álvarez, dijo que “Lo que está pasando aquí es un atentado sin precedentes a los derechos constitucionales de todos los mexicanos, estamos ante una grave violación del artículo 35 constitucional que nos da a todos el derecho de aspirar a cualquier cago de elección popular”.

En realidad no todos los mexicanos opinamos que es un atentado y una grave violación, según ella los califica, ya que la decencia política y el filósofo de Güemez indican, que primero es número uno y segundo es número dos, y por tanto, si la señora Álvarez aspira a un cargo de elección, pues primero debe concluir el encargo en funciones para el cual contendió y pidió el voto ciudadano, -como lo es la Presidencia Municipal de Guadalupe en Nuevo León-, y una vez concluida esa función pública, la señora Álvarez puede dedicarse a lo que le plazca y le venga en gana, con todo respeto, por supuesto.

Para el anecdotario, la señora Álvarez dice que “Esto no es un asunto de ambición política, de ninguna manera, nunca me ha movido el dinero, nunca me ha movido el poder por poder, sino la pasión por trabajar por mi gente y poder entregar mi vida y mi trabajo por el bienestar de nuestra población”, en la que para que la opinión pública se diera cuenta de su situación, comparó su status con el de la candidata presidencial del Partido Acción Nacional (PAN), Josefina Vázquez Mota, quien es Diputada Federal con licencia.

Miguel Treviño de Hoyos, dirigente de la asociación civil Consejo Cívico de las Instituciones de Nuevo León AC (CCINLAC), una de las 32 organizaciones que emprendió la campaña Antichapulinazo, por la que se convoca a la sociedad a no votar por los políticos que no terminan un cargo público y buscan uno nuevo, dijo que el artículo 5 de la Constitución de Nuevo León especifica que los puestos de elección popular son irrenunciables, y además, afirma que la señora Álvarez, siendo candidata a la Presidencia que ejerce, firmó un compromiso ante notario público, -como acto de campaña-, en el sentido de que no renunciaría al cargo de alcaldesa.

Lamentablemente, la exedil neoleonesa se salió con la suya y podrá postularse como candidata al Senado por el PRI, porque el juez Tercero de Distrito en Materia Administrativa, Héctor Pérez, negó el amparo a Dinorah Cantú y a quienes le exigían que cumpliera su mandato.

Pero mire si usted desea obligar a terminar el periodo para el que usted eligió a su diputado, senador, presidente municipal o gobernador, el principio el cual usted debe invocar se denomina de irrenunciabilidad.

En las varias reelecciones del Presidente Benito Juárez que no eran del agrado de los conservadores, para 1861 que el pueblo es convocado a elecciones de presidente de la República, al no llegar a tiempo las actas al Congreso, -erigido en Colegio Electoral-, los diputados, anticonstitucionalmente, decidieron otorgarle el triunfo a Juárez por 61 votos contra 55.

En 1871, una vez más Juárez gana las elecciones presidenciales y se resalta la anécdota discreta del general jalisciense Irineo Paz, crítico de Benito Juárez y abuelo de Octavio Paz, en la que por corrupto, le dedicaba sus coplas al Benemérito como sigue: “¿Por qué si acaso fuiste tan patriota, estás comprando votos de a peseta? ¿Para qué admites esa inmunda treta de dar dinero al que en tu nombre vota?”.

El que paga manda. Oblíguelo, que usted aporta para su salario.
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